¿Es la infidelidad conyugal, causal para solicitar resarcimiento por daño moral?
El deber de fidelidad, se refiere a la obligación contraída por cada cónyuge de compartir el lecho únicamente con su esposa o esposo, en este sentido, en caso de que alguno de ellos infrinja tal deber, solo a su instancia o requerimiento el otro podrá solicitar la disolución del vinculo matrimonial, ya que la ley civil prevé no solo en Venezuela sino en las legislaciones al menos de habla hispana que el adulterio es causa de divorcio. Ante tal situación comprobada, se puede razonar que el cónyuge infractor, cometió un hecho ilícito y por tanto el mismo es susceptible de ser sancionado bajo pena económica por los daños emocionales que le causan a la otra persona. En estos casos , las legislaciones no han catalogado expresamente al adulterio como hecho jurídico susceptible de ser sancionado con pena pecuniaria a titulo de daño moral, y ante las acciones que se han tomado de esta naturaleza, al menos las Cortes o Tribunales Supremos de leng...